A todos los que nos gusta los clásicos y tenemos más de dos o tres en nuestro garaje, se nos ha pasado alguna vez por la cabeza la idea de ponerle una bola a nuestro vehículo de diario y alquilar o comprar una plataforma para que el transporte del perolo en cuestión que tenemos en mente adquirir y que está en el quinto coño (y evidentemente no funciona)

nos salga más o menos asequible, y no tener que entregar una buena cantidad de dinero a un señor con mono que conduce una grúa....
Yo caí en esta tentación hace muchos años (no diré cuantos para que los malvados que por aquí pululan no se metan conmigo

)
El mejor consejo que os puedo dar es: ¡NO LO HAGÁIS!
Un remolque plataforma que sea medianamente útil va a tener que llevar su propia matrícula, y por consiguiente pagará impuesto de circulación todos los años, y su seguro, evidentemente, por no decir que es conveniente que se guarde bajo techo....Que aunque son costes baratos no dejan de ser un gasto más que añadir a nuestra atribulada afición.
Pero en mi caso lo malo ha sido que teniendo este apero, son muchas las peticiones que vais a tener de amigos, conocidos, conocidos de conocidos....y ya va a depender de vosotros el saber decir que no a ese favor...
Como en mi caso me sabe mal decir que no, muchas veces me han devuelto la plataforma en estado lamentable, con el consiguiente cabreo que eso supone. En otros casos (la mayoría de las veces) se me ha devuelto tal y como la presté, por lo que es una alegría constatar que en mi entorno no existe mucho impresentable.....
Pero si al final decidís comprar un armatoste de estos, no está de más que sepáis la normativa, que ya os adelanto que es bastante liosa.
REGLA PRIMERA:Llevaros impresa la normativa de tráfico junto con la documentación del remolque.
Muchas veces me han parado los señores de verde, y he de advertiros que entre ellos hay una regla generalizada por la que creen que para llevar un remolque matriculado se ha de estar en posesión del carne E, aunque vayas con el remolque vacío.
ESTO ES ROTUNDAMENTE FALSO
Pero como no es plan de enseñarles a hacer bien su trabajo a la benemérita (más que nada porque no te van a admitir que están equivocados) tiráis de papelito donde aparezca la normativa y seguramente que con cara de cabreo te lo devolverán y con aires de camarlengo sobrao te soltarán algo parecido a...."por esta vez pase, pero que sea la ultima vez"....
Conceptos básicosVamos a ver cómo podemos hacer y qué necesitamos para poder remolcar un coche de forma legal; un coche o cualquier otra cosa, pero lo nuestro son los coches.
Por un lado tenemos el vehículo tractor, por otro el remolque, que para estos menesteres suele ser de eje central, con freno de inercia y una Masa Máxima Autorizada (MMA) entre 750 y 3.500 kg. La unión del vehículo tractor y el remolque se denomina conjunto de vehículos.
Un punto a tener en cuenta es que no todos los ganchos de remolque son válidos para cualquier remolque, por eso es necesario ver para qué peso está homologado el gancho del vehículo tractor, no vayamos a llevarnos una sorpresa.
Permisos de conducir y masas
Aquí es donde está el meollo, en las cuentas que hay que realizar con los diferentes pesos y con el carné que necesitamos para poder realizar este transporte de forma legal.
Lo normal es que tengamos en nuestro poder el permiso de conducir B, pero dependiendo de los casos se nos puede quedar corto y a lo mejor debemos ampliarlo al permiso B-96 o incluso a los permisos B+E.
Si vas a transportar un coche de carreras o un clásico lo más normal es que te valga con el B a secas, porque ambos pesan poco (con excepciones). Los de carreras porque están aligerados y los clásicos porque tenían poco equipamiento. Aunque claro, también muchas veces se lleva el coche de carreras junto con ruedas de repuesto, herramienta, etc. y se eleva el peso. Hay que echar cuentas, no nos queda otra.
Empezamos porque la MMA del remolque no puede sobrepasar la Masa Máxima Remolcable del vehículo tractor
Entiéndase este caso en un remolque con freno de inercia.
Antiguamente no podía superar la TARA del tractor (peso del vehículo sin carga ni ocupantes), pero este punto ya no se tiene en cuenta.
Ahora vamos con los carnés: Con el B podemos conducir sin problemas los remolques con una MMA de menos de 750 kg.
Como la mayoría de las veces nuestro remolque tendrá una MMA de 750 a 3.500 kg tendremos que tener muy en cuenta que el conjunto de vehículos no supere los 3.500 kg de MMA. Es decir, MMA del tractor + MMA del remolque como mucho deben ser de 3.500 kg.
Si nos pasamos de los 3.500 kg podemos ampliar el permiso B con unas sencillas pruebas de maniobras y acoplamiento del remolque para obtener el B-96. Este carné nos permite elevar la MMA del conjunto de vehículos hasta los 4.250 kg. Cualquier auto-escuela os podrá informar.
Y si esto se nos queda corto, hay que sacarse el B+E, con el que subiríamos hasta los 7.000 kg.
RESUMIENDO:
-Carne B: MMA del remolque + MMA del tractor menor a 3.500 kg. Y la MMA del remolque ha de ser menor a la del tractor
-Carne B-96: MMA del remolque + MMA del tractor menor a 4.250 kg Y la MMA del remolque ha de ser menor a la del tractor.
-Carne E: MMA del remolque + MMA del tractor menor a 7.000 kg Y la MMA del remolque ha de ser menor a la del tractor.
Por último, que sepáis que hay opciones para evitar tener que pasar de nuevo por la autoescuela, se puede modificar la MMA del tractor y/o del remolque para que nos cuadren las cuentas, pero para eso habrá que pasar por una ITV y pedir que te rebajen la MMA del remolque previo pago de la tasa correspondiente.
Espero que os sirva de ayuda
Abrazos
